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Ius Omnibus Celebra la histórica Sentencia sobre su Legitimación en la Acción Colectiva contra ABanca

Ius Omnibus celebra la reciente sentencia del Tribunal de la Competencia de Portugal en el caso ABanca, que supone un hito importante en el reconocimiento de la legitimación de la Asociación para presentar acciones colectivas en Portugal y defender los derechos de los consumidores en toda la Unión Europea.

En la sentencia, la Jueza concluye que Ius Omnibus cumple todos los requisitos legales de legitimación activa establecidos en la Ley de Acción Popular y Ley de Cumplimiento Privado (LAP/LPE). Reconociendo que la nueva Directiva de Acciones de Representación y su transposición (LAC/RAD) no se aplican en este caso, la Jueza propone colmar lo que ella ve como una laguna en la ley introduciendo un requisito adicional de independencia de las entidades cualificadas en relación con los financiadores y aplicando la nueva regla de LAC/RAD por analogía.

Siguiendo este enfoque, el Tribunal reduce su investigación restante sobre la legitimación de Ius a una única pregunta, sobre la cual intenta buscar aclaración del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE):

¿Se opone el derecho de la UE a leyes nacionales que permiten que una acción representativa sea presentada por una entidad cuyos únicos ingresos registrados provienen de la financiación de terceros, incluidos los pagos a los miembros de la Junta Directiva?

El Tribunal aprovechará la oportunidad para preguntar además al TJUE (reconociendo que la legitimación de Ius no depende de esta pregunta):

¿Se opone el derecho de la UE a la opción del legislador portugués de remunerar al financiador con la parte no distribuida de la compensación global, concretamente en las acciones opt-out?

La Jueza hizo hincapié en que la eficacia del derecho de los consumidores a la indemnización, particularmente en casos de competencia, solo puede asegurarse a través de mecanismos de exclusión voluntaria (mecanismos opt-out) y financiación de terceros.

Esta sentencia es el resultado de un examen judicial exhaustivo de la legitimidad de Ius Omnibus, en respuesta a las alegaciones de las empresas que cuestionan la legitimación de Ius para poder eludir la indemnización a los consumidores. Es, por lo tanto, muy significativo que, tras una recopilación de evidencia extensa y un análisis legal, el Tribunal haya reducido el debate a esa cuestión.

Esta remisión contribuirá a resolver el debate sobre financiación e independencia en toda Europa, reforzando la seguridad jurídica para todas las acciones colectivas en curso y futuras.

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